sábado, 6 de abril de 2013

AMORTIZACION SOFTWARE


Hemos recibido consulta vía e. Mail (consultastributariasnic@gmail.com) sobre como amortizar la licencia de un software (Windows Server 2008). Al respecto, compartimos con ustedes la respuesta.

1.       LEY DE CONCERTACIÓN TRIBUTARIA

 El numeral 6), del artículo 45 de la Ley de Concertación Tributaria indica lo siguiente:

“Los activos intangibles se amortizaran en cuotas correspondientes al plazo establecido por la Ley en materia o por el contrato o convenio respectivo; o, en su defecto, en el plazo de uso productivo del activo. En el caso que los activos intangibles sean de uso permanente, se amortizaran conforme a su pago”

Siguiendo la línea de cómo amortizar los activos intangibles, el ordinal IV), del artículo 34 del Reglamento de la Ley de Concertación Tributaria dice:

Las cuotas de amortización de activos intangibles o diferidos deducibles, se aplicará conforme el artículo 45 de la LCT. En su defecto, serán las establecidas por las normas de contabilidad o por el ejercicio de la práctica contable.


2.       NIFF PARA LAS PYMES

 El párrafo 18.19) y 18.20) de la Sección 18: Activos Intangibles distintos de la Plusvalía señala:

18.19_ A efectos de esta NIIF, se considera que todos los activos intangibles tiene una vida útil finita. La vida útil de un activo intangible que surja de un derecho contractual o legal de otro tipo no excederá el período de esos derechos pero puede ser inferior, dependiendo del período a lo largo del cual la entidad espera utilizar el activo. Si el derecho contractual o legal de otro tipo se hubiese fijado por un plazo limitado que puede ser renovado, la vida útil del activo intangible solo incluirá el período o períodos de renovación cuando exista evidencia que respalde la renovación por parte de la entidad sin un costo significativo

18.20_ Si una entidad no es capaz de hacer una estimación fiable de la vida útil de un activo intangible, se supondrá que la vida útil es de diez años.

3.       CONCLUSIÓN

Las licencias de software (Windows server 2008) deben amortizarse conforme el criterio profesional, en caso de no existir una fiabilidad del criterio profesional, deberán ser amortizadas conforme lo establecen las NIIF PARA LAS PYMES.

4.       RECOMENDACIÓN

El criterio profesional debe ser el de un especialista en la materia (Departamento de Informática)


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